miércoles, 3 de marzo de 2010

Sobre el Estado de Necesidad.

Como concepto, se puede decir que el "estado de necesidad" es una situación de peligro para un bien jurídico, que sólo puede salvarse mediante la violación de otro bien jurídico. Esta situación se puede dar por necesidad o peligro, en que el titular de un derecho no tiene culpa ante este peligro y debe sacrificar un bien por otro que salva. Ante ésto hay una valuación de dos bienes jurídicos que se encuentran en conflicto, el que según la doctrina, la valuación debe ser objetiva; por lo demás, la vida humana siempre esta por sobre un bien material.

El Código Penal expresa:

Artículo 10 n°7 : "El que para evitar un mal ejecuta un hecho que produzca daño en la propiedad ajena, siempre que concurran las circunstancias siguientes:

1° Realidad o peligro inminente del mal que se trata evitar.
2° Que sea mayor que el causado para evitarlo.
3° Que no haya otro medio practicable y menos perjudical para impedirlo".

Un ejemplo de lo que se ha expresado, y en relación con la actual situación, sería que si se ha destruído su casa durante el terremoto y no tuvo cómo escapar de ella, se vió en la necesidad de destruir la pandereta del vecino para poder escapar junto a su familia y encontrarse a salvo.

Es importante recalcar que lo que se sacrifica en el estado de necesidad, sólo puede ser un bien material, una propiedad, y nunca la salud, libertad, ni ningún otro bien ajeno para salvar la vida propia, y mucho menos un bien material.

fuente: Alfredo Etcheberry. Derecho Penal, Parte General, Tomo I. Editorial Jurídica de Chile.

2 comentarios:

Unknown dijo...

muy buen aporte.. gracias por todo la informacion me sirvio mucho.

Ayuda legal a personas afectadas por el terremoto. dijo...

Lo que Necesites estamos a tu disposición . Un caluroso Saludo !